Lunes, 21 Junio 2021 08:19

ProCiencia MX se inconforma con los cambios en la evaluación para ingreso, permanencia y promoción del SNI

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A LA DRA. MARÍA ELENA ÁLVAREZ-BUYLLA ROCES DIRECTORA GENERAL DEL CONACYT;

A LA DRA. LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ ENCARGADA DE DESPACHO, DIRECCIÓN DE VOCACIONES CIENTÍFICAS Y SNI;

 A LA COMUNIDAD CIENTÍFICA;

AL PÚBLICO EN GENERAL;

La Red ProcienciaMx manifiesta su inconformidad con los cambios realizados en los criterios de evaluación para ingreso, permanencia y promoción en el Sistema Nacional de Investigadores, (SNI) publicados el 29 de mayo pasado en la página del CONACyT (https://www.conacyt.gob.mx/Criterios-sni.html).

Estos cambios están diseñados de tal forma que perjudican a la comunidad científica y crean incertidumbre.

Debemos recordar que el SNI fue creado el 26 de julio de 1984 con el objeto de “reconocer la labor de las personas dedicadas a producir conocimiento científico y tecnología. El nombramiento de investigador nacional otorgado por el SNI se obtiene a través de la evaluación por pares con base en criterios específicos y es una garantía de la calidad y prestigio de las contribuciones realizadas por el investigador” (https://www.conacyt.gob.mx/Sistema-nacional-deinvestigadores.html).

 Por casi cuatro décadas, el SNI ha sido un elemento fundamental tanto para promover y fortalecer la calidad de la investigación e innovación científica y tecnológica como para incrementar la cultura, la productividad, la competitividad y el bienestar social en el país. Hay fuertes irregularidades de procedimiento en la publicación de los criterios de evaluación del SNI. La ley marca que los criterios deberían derivarse del Reglamento, y éste a su vez de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT) vigente. En este caso, la LCyT vigente es la de 2002 y ni el reglamento publicado el 5 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) 2 (https://www.conacyt.gob.mx/Reglamento-sni.html), ni los nuevos criterios de evaluación son congruentes con ella. El anteproyecto de LCyT del actual CONACyT aún no ha sido sometido a discusión en las Cámaras y —por lo tanto— no ha sido ni aprobado por ellas ni promulgado con carácter de ley.

Los nuevos criterios de evaluación del SNI fueron publicados el 29 de mayo apenas dos días antes de que saliera la convocatoria 2021 y esta última fue publicada con al menos cuatro meses de retraso. La elaboración de los criterios tampoco se ajustó a lo establecido en el nuevo reglamento en virtud de que viola el Artículo 7 Inciso VI, y en particular el Artículo 25 Inciso III, el cual establece que la Secretaría Ejecutiva del SNI deberá “someter a consideración del Consejo General del CONACyT los criterios específicos de evaluación que le presenten las comisiones dictaminadoras”.

De acuerdo con los testimonios de varios colegas integrantes de las diversas comisiones dictaminadoras, éstas no fueron consultadas para la elaboración de los criterios publicados el 29 de mayo por el CONACyT.

Estamos conscientes de que los criterios anteriores eran perfectibles y de que algunos de los nuevos no presentan problemas —e incluso— en algunos aspectos, se adaptan mejor a una parte de las necesidades de evaluación en ciertas áreas del SNI, como la V (Humanidades) o la VI (Ciencias Sociales).

Sin embargo, tanto para estas áreas como para las demás, han sido añadidos criterios o requisitos que: I. Limitan el ingreso, la permanencia o la promoción en el sistema.

 En particular, privilegian, en el caso de los/las investigadores/as que participan en proyectos que “inciden en la atención de problemas nacionales”, a aquellos/as que lo hagan dentro del marco de los Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES). Esto afecta el derecho a la libertad de investigación y relega a quienes, si bien activos/as en atender problemas nacionales, no son parte de algún PRONACE. Por otra parte, otorga demasiado peso a la divulgación de la ciencia que, si bien es fundamental, no es la actividad sustantiva de los/las científicos/as y humanistas.

II. Ponen en alto riesgo u obstaculizan el ingreso o la permanencia en el SNI de los/las investigadores/as de ciertas áreas. Entre ellos, los más críticos son: a) la desaparición del Área de Biotecnología, de evidente importancia durante el curso de la pandemia, y cuyos criterios de evaluación, cuidadosamente pensados y definidos en el pasado, han sido eliminados; y b) los que marcan el drástico cambio de enfoque en el Área de Ingenierías (VIII). Esto obliga a los miembros del área a concentrar sus esfuerzos en la innovación y en el desarrollo tecnológico –para los niveles II y III se exige incluso haber creado alguna empresa– y ya no a la investigación básica o de frontera. También hay un tajante aumento en los requisitos exigidos para cada nivel que hace prácticamente imposible ser admitido/a o promovido/a en esta área del SNI. 3 III.

Tienen un carácter retroactivo; es decir, que quienes sean evaluados/as a partir de hoy lo serán en función de reglas que no regían obligatoriamente su producción científica durante el período evaluado, que puede ser de 3, 5 o 10 años dependiendo del nivel ocupado en el SNI. Otro orden de cosas muy relacionado con el de los criterios es el de la integración de las comisiones dictaminadoras en todas las áreas y la evaluación por pares.

El CONACyT acaba de lanzar una convocatoria de manera subrepticia para la consulta de propuestas de miembros de las comisiones dictaminadoras.

En la plataforma de votación en línea aparece una lista con miles de nombres elegibles, no ordenados por áreas, incluyendo personas fallecidas o jubiladas. Más aún, la plataforma sólo permite un voto por persona y las listas no corresponden a las áreas definidas en los nuevos criterios, lo que imposibilita elegir el área y el/la candidata/a.

 Es sumamente grave que, por ejemplo, alguien del Área VIII emita su único voto en favor de un candidato del Área III. La gran mayoría de los/las investigadores/as que aparecen en las listas no fueron consultados/as acerca de si querían participar como candidatos/as. Más grave aún es que el sábado 19 del presente nos enteramos, de manera completamente circunstancial, de que dicho proceso de votación abrió el 17 y cierra el 22 de junio, y que sólo se podía votar por candidatos/as nivel II los días 17, 18 y 19 de junio, y por candidatos/as nivel III el 20, 21 y 22 de junio.

Este procedimiento desaseado abre la puerta a que se diluyan los votos emitidos, pudiendo ocasionar discrecionalidad en la selección final de dictaminadores.

Esto en cualquier momento sería grave, pero ahora, cuando está abierto el proceso de ingreso, permanencia o promoción en el SNI, y cuando los criterios recién publicados van a ser aplicados en forma retroactiva, se podría prestar a lamentables confusiones e incluso injusticias en el proceso de evaluación. Ante la gravedad de lo aquí expuesto, y con el afán de que se preserve el carácter riguroso, transparente y académico de la evaluación por pares, ProcienciaMx propone que: 1. Todos/as aquellos/as que estén presentando su solicitud de ingreso, permanencia o promoción en el SNI dentro de la convocatoria de 2021 sean evaluados/as de acuerdo con los criterios utilizados por las Comisiones Dictaminadoras en 2020. 2.

Sean corregidas todas las inconsistencias dentro del listado de los/las elegibles a integrarse a las diversas comisiones dictaminadoras. Es decir que el CONACyT actualice el listado de elegibles por área y les consulte si aceptan ser candidatos/as o no; ordene esta lista depurada en forma alfabética con base en las áreas vigentes y envíe una nueva convocatoria a todos los miembros del SNI en la que se informe el número de integrantes a elegir para cada comisión dictaminadora y se amplíe, en consecuencia, el 4 número de votos a emitir.

Finalmente, que el plazo para votar se extienda hasta el 15 de julio. 3. El Consejo General apruebe los criterios reelaborados solamente hasta que sea promulgada la nueva LCyT y el nuevo Reglamento del SNI se apegue a la nueva normatividad vigente. 4. Una vez promulgada la nueva LCyT, se convoque a cada comisión dictaminadora a revisar —en sintonía con la comunidad del área— los criterios de evaluación del SNI y a hacer una reelaboración transparente de los mismos. Responsables: Saúl Pomares y Olivia Gall.

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